Micelio
Auto30 de noviembre de 2022

A- de 2022

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Salud Total Eps Sa·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social Administracion De Los Recursos Del Sistema General De La Seguridad Social Adres Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Al Interior De La Misma Jurisdicción-Inexistencia Del Conflicto Entre Jurisdicciones.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud.

Dicho conflicto se presentó debido a una demanda ordinaria laboral en contra del Ministerio De Salud y Protección Social y otras entidades, con el propósito de que reconozca a su favor recobros sobre devoluciones y glosas por el suministro de medicamentos no incluidos en el POS, hoy PBS.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte utilizó los parámetros establecidos en el Auto 1008 de 2021, donde afirmó que, a pesar de ser una autoridad administrativa, la Superintendencia Nacional de Salud desarrolla atribuciones jurisdiccionales que se asimilan a las desempeñadas por los jueces de la jurisdicción ordinaria y en esa situación especifica, funcionalmente hace parte de la jurisdicción ordinaria.

Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida para resolver el asunto y remite el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia suscitada entre el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud, respecto de la demanda ordinaria laboral presentada por Salud Total EPS S.A. en contra de la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social y otras entidades.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1185 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.